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martes, 30 de junio de 2015

Sancionarían venta de bebidas alcohólicas a menores de edad

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  • Da entrada Congreso a una Iniciativa del Ejecutivo estatal, que también establece un horario de 08:00 a 02:00 horas para expenderlas

Xalapa, Ver.- Sanciones de seis a doce años de prisión y multa de hasta 600 veces el salario mínimo a quien dé a consumir bebidas embriagantes a menores de edad, y medidas preventivas como un horario de 08:00 a 02:00 para la venta de bebidas alcohólicas y la presentación de una identificación oficial que acredite la mayoría de edad en un establecimiento, entre otras, contempla la Iniciativa que presentó el gobernador Javier Duarte de Ochoa al Congreso del Estado, para proteger a niños y adolescentes.

Durante la Décima Sesión del Segundo Periodo Ordinario del segundo año de labores, se turnó a las Comisiones Permanentes Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales y De Salud y Asistencia esta Iniciativa, que reforma diversas disposiciones a la Ley de Salud y al Código Penal del estado, para ajustar lineamientos en la venta de bebidas alcohólicas y tutelar el derecho de los menores de edad y jóvenes a una vida libre de adicciones.

De esta manera, la reforma plantea que un establecimiento que venda bebidas alcohólicas fuera del horario establecido se hará acreedor a una multa no menor a 300 días de salario mínimo ni mayor a 600 en la zona geográfica donde se cometa el ilícito.

Un establecimiento podrá perder la licencia de venta en caso de dar servicio a menores de edad. También se deberá exigir una acreditación de mayoría de edad al comprador, a través de una identificación oficial, y contará con un letrero que advierta la prohibición del consumo de bebidas en la vía pública y a menores.

La imposición de estas sanciones estará a cargo de la Secretaría de Salud (SS) por conducto del organismo público descentralizado Servicios de Salud de Veracruz, que se encargará de respetar la garantía de audiencia y calificará la sanción conforme a la gravedad de la infracción.

La propuesta legislativa estipula la prohibición de venta de bebidas alcohólicas para el consumo inmediato del público en una proximidad menor a 300 metros de escuelas, centros deportivos, cuarteles, parques y otros lugares de reunión de niñas, niños y adolescentes, así como templos, hospitales y clínicas.

Aunado a las sanciones de máximo doce años de prisión y multa de 600 días de salario a quien induzca u obligue a consumir bebidas embriagantes a menores de edad, se aumentará en una mitad estas sanciones para quienes les venda estos productos.

En la exposición de motivos se indica que, según la Organización Mundial de la Salud (OMS), cada año se producen 3.3 millones de muertes en el mundo debido al consumo nocivo del alcohol, lo que representa 5.9 de todas las defunciones.

Se pretende establecer acciones encaminadas a la prevención del alcoholismo y la protección de la integridad de menores de edad. De ahí la importancia de inhibir conductas riesgosas que pongan en peligro la salud y la seguridad de niñas, niños y adolescentes.

De aprobarse esta Iniciativa, Veracruz se sumaría a las legislaciones estatales de Coahuila, Yucatán y Nuevo León, que ya cuentan con medidas de este tipo.